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Diario de Sorginak

-.Veranos azules en noches de luna.-

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Faculta Calderón a la SSA para allanar domicilios

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¿Aterrorizad@ por la Influenza Porcina? Eso no es nada, checa este Nuevo Decreto del Presidente Calderón… ¿Cómo le podemos llamar a esta acción del Ejecutivo Mexicano?

ESTO ES DE INTERES GENERAL NUESTRA LIBERTAD ESTA EN RIESGO, ASI COMO LA SEGURIDAD DE TODOS

FAVOR DE LEER EL DECRETO COMPLETO, SE HA MARCADO CON NEGRITA LO MAS PREOCUPANTE

FELIPE DE JESÚS CALDERÓN HINOJOSA, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con fundamento en los artículos 4o., tercer párrafo, 73, fracción XVI, bases 1a a 4a de la propia Constitución; 3o., fracciones III, XV y XVII, 4o., 6o., fracciones I y V, 7o., fracciones I y XIII, 13, apartado A, fracciones V, VII bis, IX y X, 15, 33, fracción I, 133, fracción II, 134, fracción II, 135, 139, 140, 141, 143, 147, 148, 150, 152, 181 a 184, 402 y 404 de la Ley General de Salud; 41, fracciones II y V de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y 39 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y

CONSIDERANDO

Que toda persona tiene derecho a la protección de la salud, en términos del marco constitucional y legal aplicable;
Que es deber del gobierno mexicano implementar las medidas preventivas, de control y combate a cualquier enfermedad transmisible que pueda constituir una amenaza a la salud humana, al orden o la paz públicos;

Que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece en su artículo 73, fracción XVI, Bases 2a. y 3a., que en caso de epidemias de carácter grave, la Secretaría de Salud tendrá obligación de dictar inmediatamente las medidas preventivas indispensables;

Que la autoridad sanitaria, en la determinación de las medidas aludidas en el considerando anterior, será ejecutiva y sus disposiciones serán obedecidas por todas las autoridades administrativas del país;

Que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 3o., fracciones XV y XVII, de la Ley General de Salud, la prevención y control de las enfermedades transmisibles, así como la prevención y el control de los efectos nocivos de los factores ambientales en la salud del hombre, son materias de salubridad general;

Que el artículo 133, fracción II, de la Ley General de Salud, dispone que la Secretaría de Salud establecerá y operará un Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica, de conformidad con lo que dicha ley establece y las disposiciones que al efecto se expidan;

Que un nuevo tipo de virus se propagó en la Ciudad de México y sus alrededores, causando al menos veinte muertos en los últimos días y poniendo a partir del viernes 24 de abril en alerta a dicha zona;

Que la autoridad sanitaria federal determinó que no se trata del virus habitual de la influenza estacional, sino que es mutante de un virus que tiene origen porcino, y

Que en este orden de ideas, y atento al imperativo de que todas las acciones del Gobierno Federal se conduzcan con pleno apego a Derecho, he tenido a bien expedir el siguiente

DECRETO

ARTÍCULO PRIMERO.- El Secretario de Salud, implementará, pondrá en práctica, coordinará y evaluará, todas las acciones que resulten necesarias para prevenir, controlar y combatir la existencia y transmisión del virus de influenza estacional epidémica objeto del presente Decreto.

ARTÍCULO SEGUNDO.- La Secretaría de Salud, con el propósito de combatir la epidemia y cuando lo estime pertinente, implementará de manera inmediata en las regiones afectadas de todo el territorio nacional, las acciones ejecutivas siguientes:

I. El aislamiento de personas que puedan padecer la enfermedad y de los portadores de gérmenes de la misma, por el tiempo que resulte estrictamente necesario, así como la limitación de sus actividades, cuando así se amerite por razones epidemiológicas;

II. La aplicación de sueros, vacunas y otros recursos preventivos y terapéuticos;

III. La inspección de pasajeros que puedan ser portadores de gérmenes, así como de equipajes, medios de transporte, mercancías y otros objetos que puedan ser fuentes o vehículos de agentes patógenos;

IV. El ingreso a todo tipo de local o casa habitación para el cumplimiento de actividades dirigidas al control y combate de la epidemia;

V. La utilización de todos los recursos médicos y de asistencia social de los sectores público, social y privado existentes;

VI. La adquisición a nivel nacional o internacional, de equipo médico, agentes de diagnóstico, material quirúrgico y de curación y productos higiénicos, así como todo tipo de mercancías, objetos, bienes y servicios que resulten necesarios para hacer frente a la contingencia, sin necesidad de agotar el procedimiento de licitación pública, por las cantidades o conceptos necesarios para afrontarla;

VII. Importar y autorizar la importación de los bienes y servicios citados en el inciso anterior, sin necesidad de agotar trámite administrativo alguno, por las cantidades o conceptos necesarios para afrontar la contingencia objeto de este decreto;

VIII. Ordenar las medidas atingentes a fin de evitar congregaciones de personas en cualquier lugar de reunión, incluyendo la clausura temporal de locales o centros de espectáculo;

IX. La encomienda a las autoridades federales, estatales y municipales, así como a los profesionales técnicos y auxiliares de las disciplinas para la salud, el desempeño de las actividades que estime necesarias;

X. La regulación del tránsito terrestre, marítimo y aéreo, así como disponer libremente de todos los medios de transporte de propiedad del Estado y de servicio público, cualquiera que sea el régimen legal a que estén sujetos estos últimos;

XI. La utilización libre y prioritaria de los servicios telefónicos, telegráficos y de correos, así como las transmisiones de radio y televisión, estableciendo las directrices informativas necesarias a fin de transmitir clara y oportunamente las medidas que se adopten para afrontar la contingencia;

XII. La solicitud de auxilio o apoyo a instancias y organismos internacionales, con el propósito de colaborar con las autoridades mexicanas, y

XIII. Las demás que determine la propia Secretaría de Salud.

ARTÍCULO TERCERO.- La Secretaría de Salud, a través de su Titular, realizará todas las acciones que resulten necesarias, a efecto de dar seguimiento a las medidas previstas en el presente Decreto, e informará cada doce horas al Presidente de la República sobre la situación existente.
ARTÍCULO CUARTO.- La Secretaría de Salud establecerá números telefónicos de urgencia para atender a la población, a efecto de orientarla o para que se reporten casos de influenza estacional epidémica.
ARTÍCULO QUINTO.- Se instruye a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal a coordinarse y brindar los apoyos necesarios para la instrumentación de las medidas de prevención y control del brote de influenza presentado en nuestro país.
ARTÍCULO SEXTO.- Se conmina a los particulares a brindar los apoyos y facilidades que establecen las disposiciones jurídicas en materia de salubridad general.
TRANSITORIO
ÚNICO.- El presente Decreto entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación y tendrá vigencia en tanto dure la situación de contingencia prevista en el mismo.
Dado en la residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, Distrito Federal, a 24 de abril de 2009.- Felipe de Jesús Calderón Hinojosa.- Rúbrica.- El Secretario de Salud, José Ángel Córdova Villalobos.- Rúbrica.

PARA VER EL DOCUMENTO DIRECTAMENTE DEL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN:

http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5088366&fecha=25/04/2009

PERIODICO LA JORNADA:
http://www.jornada.unam.mx/2009/04/26/index.php?
section=politica&article=004n1pol



Matrix
lun 27 de abril, 2009 - 16:56:21 | [ Enlace | 13 comentarios ] del.icio.us del.icio.us Estrella este post *****

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Han escrito 13 comentarios de «Faculta Calderón a la SSA para allanar domicilios»

foto pirata
Lunes 27 de abril, 2009 17:07.

Asi es, lo malo es que contra eso no se puede hacer nada, es un mandato superior que quien sabe si proceda el recurso de Amparo.
Pinche gobierno, para mi que esto fue un experimento que le salio mal y ahora se le sale de control o quien sabe que hay detras de esto, habra que esperar como evoluciona pues un dia te dicen una cosa y al dia siguiente te dicen otra, ya ves el viernes decian que si existia vacuna y ahora dicen que no.

foto shiranui.jp
Lunes 27 de abril, 2009 17:14.

haber sigan votando por el PAN!!

el virus no crea su culpa, pero esto es colmo de al desfachatez, ahora es legal que entren a nuestras casas y las garantias individuales?

foto sorginak
Lunes 27 de abril, 2009 17:18.

fijate PIRATA que podria ser lo que dices, o podria ser que solo era un distractor… recuerda la pelicula con v de venganza, que la poblacion aterrorizada cedio todos sus derechos esperando que el gobierno se hiciera cargo de todos sus problemas y de repente, estaban viviendo en un tercer reich. y nosotros estamos perdiendo derechos y garantias individuales y nadie hace nada.. no solo pueden intervenir nuestros celulares amparados en el derecho de ‘prevenir delitos’, ahora pueden socavar otros derechos como agruparse libremente, tener un negocio, y ahora hasta van a experimentar con nosotros sin nuestro consentimiento (articulo 2º parrafo II).

grave, muy grave se esta poniendo la cosa…

foto sorginak
Lunes 27 de abril, 2009 17:22.

ah y como cereza del pastel, la monada de “La solicitud de auxilio o apoyo a instancias y organismos internacionales, con el propósito de colaborar con las autoridades mexicanas”, una clara admision de la perdida de soberania nacional y la reclasificacion de nuestro gobierno como subordinado de la autoridad mundial.. del Nuevo Orden Mundial (NOM).

El New World Order en Mexico.

foto elabuelo
Lunes 27 de abril, 2009 17:41.

son muy extraños los ciclos en los ke se dan este tipo de epidemias, ke si las vacas locas, ke si la fiebre aviar… kada cierto tiempo sale un espantamasas ke permite cercenar derechos basicos en favor de una emergencia o de una amenaza terrorista.
los latigazos al rebaño funcionan, pero creo ke lo de pedir ayuda al exterior no es el punto incisivo, solo es una norma de protocolo vigente en la mayoria de paises

foto shiranui.jp
Lunes 27 de abril, 2009 17:57.

pd. de donde sacas esaa viñetas tan precisas?

foto sorginak
Lunes 27 de abril, 2009 18:00.
shiranui.jp

de google imagenes

foto sorginak
Lunes 27 de abril, 2009 18:01.
elabuelo

Si abuelo, pero en el caso de nuestro Mexico, es demasiado sospechoso que nuestros gobernantes creen portales legales de ese tamaño “por el bien del pueblo”, tradicionalmente hemos visto que estas cosas se prestan para otros desmanes que no son necesariamente protocolo internacional.

Ademas, echemos un ojo a la serie de ‘cambios’ que se estan haciendo en los derechos de los mexicanos, en tan corto tiempo.

*Entra en vigor el registro de usuarios de celulares
13 de abril*
http://www.elfinanciero.com.mx/ElFinanciero/Portal/cfpages/contentmgr.cfm?docId=182952&docTipo=1&orderby=docid&sortby=ASC

Avala pleno del Senado ejercicios militares de México con EU
14 de abril
http://www.jornada.unam.mx/ultimas/2009/04/14/avalan-comisiones-del-senado-asistencia-de-mexico-a-ejercicios-militares-en-eu

Calderon: Decreto de atribuciones a la SSA
26 de abril
http://www.jornada.unam.mx/2009/04/26/index.php?
section=politica&article=004n1pol

Algo muy gordo se esta cocinando, ¿no les parece?

foto shiranui.jp
Lunes 27 de abril, 2009 18:17.

una serie de contrareformas y recortes presupuestales, recortes en el rubro social.

foto Skazi
Lunes 27 de abril, 2009 18:32.

Mañana es declarado al DF a Nivel 5 ó 6 y ya nadie entra y nadie sale del mismo.

foto elabuelo
Lunes 27 de abril, 2009 19:14.

soginak en eso si estoy de acuerdo de hecho lo digo al principio, con el pretexto de la prevencion y la seguridad nos tienen a todos en el rebañito, tambien en españa.
pero eso es lo ke sucede, mezclan prevencion real con objetivos a cumplir en estos casos, a rio revuelto ganancia de pescadores, y de eso se trata, no hay nada mejor ke la alarma para ke a la poblacion le importe tres pepinos renunciar a sus derechos, con tal de creer en un sistema ke los protege.
el miedo es muy peligroso, solo grita ¡¡fuegoo!! y aunke no sea mas ke una llamita, la estampida de gente te aplastara aunke intentes comvencerlos.
para estos casos me gustaria hacer como Merlin el encantador… ¡¡¡ ME VOY A LAS VERMUDAAAAAAAS!!

foto daniel
Lunes 27 de abril, 2009 19:44.

A verdá, a verdáaaaa!

Es por la salud general, si un cabrón enfermo no quiere quedarse en su casa hay que meterlo en cintura. Es la venganza de la ley anti-tabaco xD

foto perla_negra
Lunes 27 de abril, 2009 21:53.

JAAAAAAA YO ME VOY PORQUE ME VOY DE AQUI NADA DE QUE NADIE SALE DEL DF

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