Como despedir a tu empleado cuando te tiene hasta la m#$%#
lun 21 de julio, 2008 - 13:22
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Buenas tardes mis polluelos !
El dia de hoy llegué a un limite con un empleado que tiene aproximadamente 5 años de antigüedad cuya confianzuda y flojera se pasa de madres..!
Si dije la leperada y que ?? pero já! pobrecito...
Muchos tendran la gran capacidad de hacer que tu jefe te saque para que así te pague liquidacion como podria ser.. falta de vez en cuando, sale sin permiso, no termina sus obligaciones, llega tarde, etc etc etc..
Cosas pequeñas por asi decirlo incluso uno como Patrón no tiene mucha defensa en Conciliación y Arbitraje, TODOS los empleados son victimas de las garras de un patron malo, enfermo, golpeador, barbajan, chantajista, etc etc (y todo lo que se ocurra).
Perooooooo.... jejejeje... uno como patron también tiene ciertas defensas como son las llamadas ACTAS ADMINISTRATIVAS que consiste en levantar un papel en caso de que tu empleado hace las cosas que mencioné arriba y sea firmadas por el acalambrado por 3 testigos donde justifiquen que las faltas que hizo son correctas.
Si el empleado vuelve a hacerlo pero no pendejo trata de no juntar 3 actas a la semana.. hará que no se le saque sin goze de liquidación y nada .. peeeeeeero... si tu llevas tus actas a conciliación y lleva mas de 7 al mes se habla directamente con el y en conciliacion se arregla el asunto donde queda más que visto que el empleado hace que lo corran voluntariamente.
Yo sé que muchos empleos estan bajo presiones de un jefe sangron o nefasto.. pero cuando el empleado abusa de cierta confianza que se le da es como dar una puñalada a la espalda de quien te ah ayudado.. pero no.. es verdad que muchos suelen ver su conveniencia y creen que es OBLIGATORIO que el patrón de demás de lo que le corresponde.
Lo que me emputa que va uno a conciliacion con un empleado ogt y este es ganador unicamente por ser empleado... ja que bien !
Ando levantando actas y lleva 2 :P mañana es la vencida.
Saludos...!
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13 comentarios ]
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Han escrito 13 comentarios de «Como despedir a tu empleado cuando te tiene hasta la m#$%#»
xtrellita
Lunes 21 de julio, 2008 13:29.
-
jajajaja y esto es tooodos los días…
...me recordaste cierta situación sunny
suerte!
ya ni te enojes

sunflower
Lunes 21 de julio, 2008 13:34.
-
No me enojo simplemente que la neta… se pasan de verdura pero conmigo se la pelan xD
no todos son asi pero cuando hay alguno que habrá que meter cintura pues hay que hacerlo.

Omega_Rugal
Lunes 21 de julio, 2008 13:35.
-
No deberias hacer tanto papeleo.

alexramces
Lunes 21 de julio, 2008 13:36.
-
Pues no entendi tu desmadre…PEROOOOO, si tu eres TRABAJADOR, pues llevas “algo” que perder ante la junta, pero no todo…; si eres PATRON, pues solo te eximen de una que otra carga, pero no de dejarle de pagar su liquidación o finiquito.
:s

drhouse
Lunes 21 de julio, 2008 13:40.
-
Faltas administrativas cheka en la ley laboral causas de rescision laboral sin perjuicio para el patron
es decir .. que cuando haga una pendejada le levantas una falta administrativa con un testigo y la tienes que notificar a la junta laboral
Y asi lo despides a la verga sin perjuicio pal patron
pero como te digo .. CHEKA LA LEY ...
si lo despides sin causa justificada te puede pedir reinstalacion
Si no lo reinstalas su finikito
MAs sus tres meses constitucionales
en tema laboral el que la lleva de perder SIEMPRE es el patron
estupida ley

sunflower
Lunes 21 de julio, 2008 13:41.
-
De hecho se puede quedar sin liquidacion el empleado y unicamente lo que se le da son sus vacaciones los dias para completar su semana o quincena.

alexramces
Lunes 21 de julio, 2008 13:43.
-
No basta presentar el acta ante la junta y que sea ratificada por el patrón y los testigos…¡¡¡
Cierto, siempre sale pagando “algo” el patrón..pero no es una estupida ley…no definitivamente.

sunflower
Lunes 21 de julio, 2008 13:44.
-
En la ley indica sobre las Actas Administrativas donde consta el empleado las faltas que incurre y la falta de cumplimiento a su contrato de trabajo donde especifica las obligaciones que tiene que hacer y su horario a trabajar.
Y si… es un asco pero.. muchos creen que de todos modos tienes que paga liquidacion cuando no es asi… puede ser proporcional o negociable. Y si entiendo cuando se injustifica su despido pero con las Actas creeme que es mas fácil y no se hace tanta pelea.
:P

sunflower
Lunes 21 de julio, 2008 13:45.
-
Yo lo eh hecho alexramces y si funciona las actas (siempre y cuando el conciliador no sea un maldito cabron que piensa que el empleado siempre tendrá la razón).

alexramces
Lunes 21 de julio, 2008 13:46.
-
Pues no no garantizo que no pagues nada..solo que te has topado con trabajadores pendejos o abogados maletas…¡¡ :d
La ley es clara al respecto de los casos en los que el patrón no tiene responsabilidad..y el que tu dices no encuadra.

_s3nko_
Lunes 21 de julio, 2008 14:23.
-
Ando desempleando y soy sumiso, respondo nada,nomas me llevo las cosas del almacen a mi casa xD jajajajaja….
/me de pronto recordo a cierto ciber que uno vez se fue a la bancarota xD

gaby
Lunes 21 de julio, 2008 15:22.
-
Q Onda sunny, oye pues que dolor de cabeza-..
aunque fijate q en muchas ocasiones el empleado tieneeee wow un monton d cosas a favor aunque cometan cosas asi..
pero bueno es tan complicado y la ley tiene bastantitos puntos que ni al caso mi opinion..supongo q al igual que yo te la sabes completita..

Skazi
Lunes 21 de julio, 2008 17:13.
-
Mandalo a matar!
